INTRODUCCIÓN

Corteva Chile, en reconocimiento y valoración de las normas y estándares éticos comerciales propios de nuestro rubro, se compromete en el desarrollo de sus negocios comerciales al respeto de la normativa vigente y buenas prácticas corporativas.

En este sentido, el presente Manual de Prevención de Delitos (en adelante e indistintamente el “Manual”), forma parte del Modelo de Prevención de Delitos de Corteva Chile (en adelante e indistintamente “MDP”), que se ha generado de conformidad a la Ley N° 20.393, sobre “Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas” y sus modificaciones posteriores, incluyendo la Ley N° 21.121, conocida como la Ley anticorrupción, y la Ley N° 21.595, sobre “Delitos Económicos y Atentados contra el Medio ambiente”.

ALCANCE

El Manual que forma parte del MPD se entenderá aplicable a las siguientes empresas pertenecientes a Corteva Chile, en adelante e indistintamente, la “Empresa” o “Corteva” o “Corteva Chile”:

•      Corteva Agriscience Chile Limitada, RUT N° 89.646.300-4;

•      Agro Corteva Chile S.A., RUT N° 96.564.030-4;

•      Agro Cultivos Corteva Chile S.A., RUT N° 96.783.280-4;

•      Stoller de Chile SpA, RUT N° 96.857.970-3;

•      Symborg Chile SpA, RUT N° 76.820.817-4.

En adición a las razones sociales referidas, el presente Manual regirá para todas las personas que participan en la Empresa, entendiendo por tales a sus accionistas, directores, ejecutivos, trabajadores, proveedores, prestadores de servicios, subcontratistas y contrapartes; así como los terceros que se vinculen con ésta, incluyendo a sus prestadores de servicios, asesores, auditores, clientes, autoridades y en general todos quienes mantengan interacciones con la compañía.

OBJETIVO

Corteva Chile tiene un compromiso real y permanente con el cumplimiento pleno de todas las leyes, reglamentos y demás regulaciones que rigen nuestra actividad, así como el compromiso de mantener los más altos estándares éticos en la forma en que llevamos a cabo nuestras operaciones, desarrollo de proyectos, actividades, actuaciones y nuestra relación con la comunidad.

La implementación del Manual es un fiel reflejo del compromiso organizacional de Corteva Chile por mantener nuestra reputación y comportamiento íntegro. Con esto, se espera que todos los empleados actúen en sus relaciones interpersonales y en las acciones que ejecuten a nombre de Corteva, no solo de acuerdo a la ley, sino también acorde a las mejores prácticas, de ética e integridad conforme nuestra cultura corporativa

El MPD tiene como objetivo principal disuadir la perpetración de delitos, a través de la identificación, evaluación y control de los riesgos propios de nuestro negocio. El MPD se enfoca en un modelo de detección oportuna de riesgos y en la mejora continua de los procesos respectivos, mitigando la probabilidad de ocurrencia de delitos.

Los objetivos del presente Manual se resumen en:

1.    Describir los componentes y el funcionamiento general del Modelo de Prevención de Delitos que da cuenta de la forma de organización, dirección y supervisión que ha adoptado Corteva.

2.    Establecer un mecanismo para la prevención, detección, corrección y mitigación de los riesgos de delitos a los que Corteva se encuentra expuesto.

3.    Servir de lineamiento para establecer las actividades y procedimientos necesarios para el efectivo funcionamiento y operación del MPD.

4.    Establecer las actividades del MPD a cargo de los Sujetos Responsables en cumplimiento de sus funciones de supervisión sobre el modelo.

5.    Instruir respecto al modo de comunicar las operaciones inusuales o sospechosas, operaciones internas preocupantes y operaciones relevantes que se presenten en Corteva Chile, que sean motivo de denuncia.

6.    Prevenir que Corteva Chile se vea involucrada en la comisión de actividades ilegales cometidas por parte de sus accionistas, alta administración, gerentes, ejecutivos, empleados, personal temporal, proveedores y asesores de la empresa, mediante la implementación de controles y medidas efectivas de prevención.

7.    Reducir la posibilidad de que Corteva Chile sea víctima de actividades ilegales cometidas por terceros.

8.    Comunicar y orientar a todos los colaboradores, internos y externos, sobre la existencia del MPD y el rol que le corresponde asumir a cada uno de ellos para el funcionamiento eficaz del sistema preventivo.

MARCO NORMATIVO

El Modelo de Prevención de Delitos de Corteva Chile se implementa conforme a lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, en relación con la actualización dispuesta por la Ley N°21.595 de Delitos Económicos y todas aquellas otras normativas vinculadas con la materia.

En este contexto, los delitos contemplados el Modelo se encuadra dentro de la aplicación de los siguientes cuerpos normativos: 

  1. Delitos contemplados en la Ley de Delitos Económicos: se aplicarán los delitos contemplados en esta normativa, con independencia de ser calificados como económicos, lo cual supone la aplicación de las cuatro categorías de delitos de esta ley, las que se pueden resumir en:

    a.       Delitos de Primera Categoría: Esta categoría comprende delitos contra el mercado de valores (p. ej., manipulación de precios y uso indebido de información privilegiada; delitos societarios y contra el sistema regulatorio societario (p. ej., delito de abuso de posición mayoritaria en el directorio y declaración falsa en procedimiento ante la Comisión para el Mercado Financiero); delitos contra la libre competencia (p. ej., delitos de colusión, corrupción entre particulares y alteración fraudulenta de precios); delitos concursales y contra los acreedores (p. ej., defraudaciones en procedimientos concursales y fraudes cometidos por asesores económicos); y delitos contra el sistema financiero y bancario (p. ej., falsedad de declaraciones realizadas ante el Banco Central y delitos de certificación falsa.)
    b.       Delitos de Segunda Categoría: Bajo esta categoría se agrupan una serie de ilícitos de diversa naturaleza cuya comisión podrá comprometer la responsabilidad penal de Corteva Chile, considerando las siguientes materias: delitos contra el patrimonio (por ejemplo: estafa, apropiación indebida, administración desleal, extorsión); delitos ambientales y de daño masivo (por ejemplo: delitos de caza, tala de bosque, ley de pesca, contaminación, daño a monumentos nacionales, daño a la salud pública); delitos concursales (por ejemplo: delito de disminución injustificada del patrimonio del deudor, delito de ocultamiento o distracción de bienes); delitos generales de falsedad (por ejemplo: falsificación de documentos públicos o privados y uso de estos); Responsabilidad del productor y distribuidor de productos y del empleador por la seguridad de sus trabajadores (por ejemplo: responsabilidad por daños generados por productos defectuosos, responsabilidad penal del empleador y la empresa por accidentes del trabajo); delitos tributarios y aduaneros (por ejemplo: presentar declaraciones juradas falsas, comercializar sin pago de impuestos, contrabando); delitos de financiamiento ilegal de la política (por ejemplo: entregar montos más allá de lo permitido, usar fondos públicos para donarlos a campañas políticas); delitos informáticos (por ejemplo: acceder a sistemas informáticos si n autorización y extraer información de ellos); delitos de soborno (por ejemplo: ofrecer beneficios económicos o de otra naturaleza a funcionarios públicos en contexto de fiscalización de actividades de la empresa para evitar que se cursen multas); delitos bancarios y financieros (por ejemplo: develar información privilegiada, obtener créditos de forma maliciosa); delitos contra mercados regulados, tales como minería, aguas, telecomunicaciones, urbanismo y construcción. (por ejemplo: explotación ilegal de estos mercados, entrega de información falsa a los entes reguladores); delitos en el ámbito de la seguridad social (por ejemplo: explotación, no pago de cotizaciones previsionales); y delitos contra derechos protegidos (por ejemplo: infracción de propiedad intelectual e industrial, violación de secreto comercial, piratería).
    c.       Delitos de Tercera Categoría: Esta categoría comprende una serie de delitos que tienen como sujeto activo a un funcionario público en el ejercicio de su cargo respecto del cual se produce involucramiento corporativo de la empresa, tratándose en general de delitos de alta connotación pública. Ejemplos de estos delitos son el fraude al Fisco, cohecho y negociación incompatible de funcionario público.
    d.      Delitos de Cuarta Categoría: Este grupo de delitos dice relación exclusivamente con los ilícitos de receptación y lavado de activos del Código Penal, los cuales tienen como elemento en común el que ambos requieren para su existencia de la comisión de un delito previo o “delito base” precedente
  2. Financiamiento del terrorismo (Ley N° 18.314): Este delito sanciona a todos quienes, de cualquier forma, ya sea directa o indirectamente, soliciten, recauden o entreguen fondos para que se utilicen en la comisión de delitos considerados como terroristas. Ejemplos de estos delitos son los ataques contra autoridades de gobierno o militares, colocación y envío de artefactos explosivos, entre otros.

    La ley no exige que se materialice la comisión del delito terrorista en sí, sino que bastará para que la empresa responda penalmente, que haya participado en el financiamiento de estas conductas o de organizaciones destinadas a este fin.   
  3. Delitos de la Ley de Control de Armas (Ley N°17.798): Esta ley establece una serie de conductas referidas a la tenencia, posesión, comercialización y uso en general, de armas de fuego, explosivos, sustancias químicas, fuegos artificiales y de pulsaciones eléctrica, entre otros. Dentro de estos delitos se contemplan, entre otras conductas que pueden comprometer la responsabilidad penal de Corteva Chile, las siguientes: intervención en agrupaciones militarizadas ilegales (organizar, financiar, pertenecer, incitar, o participar de cualquier forma en su formación y funcionamiento); porte, posesión, tenencia, fabricación y venta de armas y municiones; uso de artefactos explosivos, fuegos artificiales y pirotécnicos; acceso no autorizado en depósitos de armas.
  4. Delito de trata de personas (Art. 411 quáter Código Penal): Este delito sanciona a quien, mediante cualquier medio coactivo, engañoso o de aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, traslade o reciba personas para su explotación sexual, la extracción de sus órganos, trabajos o servicios forzados, servidumbre, esclavitud o prácticas similares.
    Es importante tener presente que no se sanciona solo al autor directo de este delito, sino también a quien promueva, facilite o financie estas conductas.  
  5. Delitos de sustracción de maderas (Art. 448 septies y octies Código Penal): Estos delitos sancionan a quien robe o hurte troncos o trozas de madera, o a quienes se encuentren en posesión de estos bienes sin poder justificar su legítima tenencia, incluyendo dentro de las conductas la falsificación o uso malicioso de documentos para trasladar o comercializar madera de forma ilícita.

LIDERAZGOS Y RESPONSABILIDADES

Corteva Chile promueve una cultura de cumplimiento que se extiende y desarrolla en cada uno de los niveles de la empresa. Por lo anterior, para el efectivo cumplimiento de este objetivo y la eficacia en la implementación del Modelo de Prevención de Delitos de Corteva Chile es necesario que se determinan las responsabilidades asociadas a su cumplimiento. 

Todos los socios, directores, trabajadores, prestadores de servicios, proveedores, colaboradores,  de Corteva Chile, sin perjuicio de las responsabilidades particulares que a cada uno le corresponden por su propia naturaleza, tendrá la obligación de, en el desarrollo de sus actividades, mantener un compromiso con las buenas prácticas y la prevención de delitos.

  • La Administración. Órganos de Gobierno y Alta Dirección La Administración cumple un rol esencial en la implementación efectiva del Modelo de Prevención de Delitos, debiendo concurrir conjuntamente con el Compliance Officer en la adopción de medidas para la aplicación efectiva del Modelo, la supervisión continua del mismo y la implementación de mejoras y/o actualizaciones que sean necesarias.
    La Administración tiene el compromiso activo de ser un agente de promoción de buenas prácticas dentro de la empresa, entregando lineamientos generales y mostrando un comportamiento que instruya e inspire a las demás áreas a llevar una conducta coherente con las políticas de prevención que la ley exige.
  • Responsabilidades

    En atención a su rol dentro del Modelo de Prevención de Delitos, se encuentran dentro de las responsabilidades principales de la Administración las siguientes:

                 i.        La aprobación por parte del del Modelo de Prevención de Delitos de la empresa y de su respectivo Manual.

                ii.        La designación y/o revocación  del Compliance Officer.

               iii.        La entrega y determinación de las facultades, recursos y medios materiales e inmateriales para el adecuado ejercicio del Compliance Officer

               iv.        La mantención de un canal de comunicación constante y directo con el Compliance Officer.

                v.        La dirección y supervisión de la labor del Compliance Officer, así como la revisión de los reportes que éste presente respecto del Modelo y adopción de medidas en los casos que sea necesario. 

               vi.        En general, la cooperación y apoyo al Compliance Officer en la implementación del Modelo de Prevención de Delitos y las labores de prevención, detección y respuesta que de este deriven. 

     

  • Compliance Officer y áreas de apoyo
    Corteva Chile en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 20.393, establece que los sujetos responsables de la aplicación de los protocolos del Modelo serán el Compliance Officer y los encargados de sus áreas de apoyo. El Compliance Officer será quién tendrá a cargo la implementación, evaluación de controles, actualización del Modelo de Prevención de Delitos, así como la permanente revisión de los procesos y cargos críticos de la empresa, con el fin de ajustar el Modelo al contexto de las operaciones de la empresa.
    El Compliance Officer, para el correcto desempeño de su cargo, gozará de independencia en el ejercicio de su rol, estará dotado de facultades de dirección y supervisión, así como acceso directo a la Administración para todos los efectos relativos a la implementación y ejecución del Modelo de Prevención de Delitos. Para lo anterior, la Administración deberá dotar de los medios y recursos, según lo consignado en sus responsabilidades antes expuestas.
    Sin perjuicio de lo anterior, conforme a la normativa vigente, la Administración podrá determinar que la responsabilidad de la función de cumplimiento sea ejecutada por más de un Compliance Officer o Responsable de Prevención de Delitos, ante lo cual se deberá definir específicamente la división de responsabilidades y alcances para el correcto desempeño de esta función. 
  • Responsabilidades Compliance Officer
    En atención a su rol dentro del Modelo de Prevención de Delitos, se encuentran dentro de las responsabilidades principales del Compliance Officer de Corteva Chile lo siguiente
    i.        Mantener actualizada la identificación de actividades o procesos que se desarrollen dentro de la gestión de la empresa y que pudieran generar riesgos de conductas delictivas. Esta identificación y evaluación se mantendrá en una matriz de riesgos y demás medios que se dispongan para estos efectos.
    ii.        La creación, adecuación, actualización e implementación de los protocolos y procedimientos que permitan prevenir y detectar conductas delictivas dentro de actividades que generan exposición a estos riesgos.
    iii.        La supervisión de la implementación y funcionamiento de las estrategias preventivas s de este Modelo, comprendiendo tanto la determinación de controles, ejecución y evaluación de su cumplimiento.
    iv.        Administración del canal de denuncias, así como de la debida difusión y capacitación periódica sobre el Modelo de Prevención de Delitos.
    v.        Gestionar las investigaciones internas ante casos de denuncias o levantamiento de  irregularidades en relación al Modelo de Prevención de Delitos.
    vi.        Generar reportes para la Administración, con el objeto de evaluar la aplicación del Modelo y los planes de cumplimiento respectivos, así como informar de manera oportuna y completa lo requerido para la adopción de medidas respecto de la aplicación del Modelo. 
    vii.        Solicitar y mantener registros documentados de la implementación del Modelo. 
  • Responsabilidades de las áreas de apoyo
    Sumado a las funciones desarrolladas por el Compliance Officer, las áreas claves de la compañía nombrarán encargados del apoyo en la gestión del MPD, con el objeto de propender la mejor aplicación práctica del sistema en todas las unidades. 
    Estarán contemplados encargados de áreas de apoyo desde materias legales, de anticorrupción, laborales, comercio exterior, fiscal/tex, ciberseguridad, protección de datos, libre competencia, entre otros que sean necesarios.
    Dentro de esto, se consideran las siguientes responsabilidades de las áreas de apoyo. 
    i.Evaluación de las medidas preventivas propuestas por el Compliance Officer a la Administración para implementar, complementar y potenciar la efectividad al Modelo de Prevención de Delitos.
    ii.Participar de las reuniones periódicas que se lleven a cabo en el marco de la gestión del MPD.
    iii.Evaluación de las medidas correctivas, disciplinarias y/o sanciones propuestas por el Compliance Officer a la Administración cuando corresponda por motivos de infracción al Modelo de Prevención del Delito.
    iv. Colaborar en la supervisión de la implementación y funcionamiento de las estrategias preventivas de este Modelo, comprendiendo tanto la recomendación a la administración de la implementación de controles, su ejecución y evaluación.
    v.Reportar a la Administración de las incidencias que fueren identificadas con relación a su cargo y ejercicio de sus funciones, pudiendo recomendar la implementación de medidas de corrección y subsanación.

  • Compromiso de apoyo transversal al Modelo de Prevención de Delitos Independientemente de los roles, responsabilidades y funciones expresamente establecidas con relación al Modelo de Prevención de Delitos, toda la organización y sus relacionados mantendrán como obligación esencial de su vínculo con la empresa el compromiso de carácter transversal, activo y continuo con el cumplimiento de los lineamientos, protocolos, directrices y normativa que tenga por objeto la prevención, detección y adecuada reacción de Corteva Chile frente a la comisión de delitos. 

 

SISTEMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS

El MPD se desarrolla a través de cuatro tipos de actividades que buscan materializar su adecuado funcionamiento y ejecución, tales actividades son:

6.1     Actividades de Prevención

El objetivo de estas actividades es evitar la comisión de hechos o actos que signifiquen incumplimientos al MPD y a su normativa relacionada, de manera de disminuir los riesgos de comisión de los delitos dentro de las actividades de la empresa. Las herramientas de prevención del Modelo son las siguientes:

1)           Diagnóstico y análisis de riesgos: El Compliance Officer es responsable del proceso de identificación, análisis y evaluación del riesgo de comisión de los delitos de la Ley; riesgos que deberán quedar plasmados en una matriz y que deberá ser revisada al menos una vez al año o cuando sucedan cambios relevantes en la regulación o en la estructura, procesos o negocios de la empresa.

El diagnóstico de riesgos de los delitos contenidos en la Ley se deberá realizar en un proceso de identificación de riesgos que requiere la participación de diversos estamentos de la empresa con cuya colaboración el Compliance Officer deberá elaborar, y en su caso, actualizar los procesos en los que puede generarse un riesgo de comisión de los delitos de la Ley. Tal proceso constará de las siguientes etapas:

•      Identificación de riesgos: Determinación de los principales escenarios de comisión de delitos de la Ley.

•      Evaluación de riesgos: Los riesgos deben priorizarse con el objetivo de identificar los procesos de mayor exposición y enfocar a éstos los esfuerzos y recursos del Compliance Officer y de la Compañía.

•      Identificación y evaluación de controles: Se deben identificar las actividades de control existentes destinadas a mitigar los riesgos y la evidencia que soporta su existencia, y se evaluará el diseño en conjunto con la gerencia responsable dueña del proceso para estimar el grado de mitigación del riesgo inherente según la efectividad del control, procedimientos y políticas.

2)           Ejecución de los controles de prevención: La ejecución o implementación de controles asociados a los procesos y subprocesos identificados en la Matriz de Riesgos corresponderá a los responsables de dichos procesos y subprocesos. Por tanto, será necesario identificar claramente quiénes son tales responsables puesto que, adicionalmente, deberán informar acerca de la efectividad de los controles o necesidades de ajustes o mejoras de los mismos.

3)           Capacitación y comunicación: Es fundamental que todos los colaboradores conozcan los alcances de la Ley, del MPD, sus controles y procedimientos, con el fin de asegurar que todos estén debidamente informados, además de las disposiciones incorporadas en sus contratos de trabajo y el Código de Conducta de Corteva Chile. El Compliance Officer, en conjunto con la Fiscalía de la compañía, velarán por lo siguiente:

 

•      La construcción, formalización e implementación de un plan de capacitación anual obligatoria respecto del MPD y de la Ley, presencial o E-learning, para todos los colaboradores. Se deberá mantener registro de los asistentes a las capacitaciones debidamente firmados por cada colaborador y/o constancia del registro vía E- learning.

•      La inclusión de las materias relacionadas al MPD en los programas de inducción y capacitación para nuevos gerentes y cargos administrativos al momento del ingreso.

La difusión y capacitación del Canal de Denuncias y sus características esenciales, con especial énfasis en la garantía de anonimato, confidencialidad y ausencia de represalias.

 

6.2     Actividades de Detección

El objetivo de estas actividades es la identificación oportuna de incidencias que podrían significar incumplimiento o vulneraciones al MPD, así como de hechos que podrían ser constitutivos de delito. Estas actividades son:

1)   Canal de denuncias: uno de los principales mecanismos de detección de actividades delictuales y de protección de la integridad de los colaboradores internos o externos de Corteva Chile de la empresa, en el cual se podrá de manera segura alertar hechos, realizar denuncias o consultas respecto de la aplicación y alcance del Modelo de Prevención de Delitos de la empresa.

2)   Auditorías de internas y/o externas: la empresa mantiene un rol activo en la detección e identificación de incidencias que pudieren significar la comisión de delitos económicos. Para la concreción de lo anterior se ha establecido en el Modelo de Prevención el ejercicio de diversos controles y la práctica de auditorías internas y externas, entre otros mecanismos que tendrán por finalidad servir como una vía de detección de alertas y reunión de antecedentes para la determinación por parte del Compliance Officer de la incurrencia en actividades delictuales.

3)   Revisión de juicios: El Fiscal de la Empresa o Área Legal, deberá entregar informes anuales al Compliance Officer relativos a juicios o a cualquier acción legal y/o administrativa que involucre a Corteva en algún escenario de delito que se relacione o pueda relacionarse con las Leyes. Este informe constituye un insumo para el reporte semestral que el Compliance Officer deberá realizar a la Administración.

4)   Investigaciones: el Compliance Officer será el responsable de gestionar las investigaciones internas respecto de posibles hechos que configuren conductas delictuales, pudiendo ser investigadas directamente por éste o por uno o más terceros que sean imparciales, internos o externos.

La investigación se llevará a cabo con respeto a las garantías del debido proceso, respetando la presunción de inocencia y mediante una conducción que cautele la integridad y dignidad de las personas involucradas. En ese sentido, se observarán los principios con razonabilidad de los plazos de la investigación, el derecho a ser oído de los involucrados, la fundamentación de las medidas y conclusiones adoptadas y la confidencialidad del proceso investigativo.

5)   Demás diligencias que identifican incumplimientos al MPD o posibles escenarios de comisión de los delitos señalados en las Leyes (Mecanismos de denuncias -se desarrolla en el Título XIII; entre otros).

 

6.3. Actividades de respuesta

El propósito de las actividades de respuesta es subsanar las deficiencias identificadas para prevenir que ocurran incumplimientos del MPD, y legislación actual. Estas acciones incluyen, cuando corresponda, la imposición de sanciones a quienes hayan incurrido en estos incumplimientos, y abarcan, entre otras, las siguientes actividades:

1)   Sanciones disciplinarias y otras medidas: Luego de conocer de incumplimientos a la Leyes, al MPD, a las políticas y procedimientos, se aplicarán sanciones disciplinarias y su justificación deberá ser documentada. Las sanciones deben adherirse a la regulación laboral local y otras leyes aplicables. En general, las sanciones que se podrán aplicar son las indicadas en el Título X.

2)   Denuncias a la justicia: Frente a un hecho que pueda tipificarse como delito, el Compliance Officer, evaluará la posibilidad de efectuar la denuncia ante las autoridades competentes.

3)   Revisar el impacto en el Modelo de Prevención de Delitos y realizar las actualizaciones o mejoras necesarias: después de cada proceso de investigación o levantamiento de incidencias, el Compliance Officer deberá realizar un análisis de las causas del hecho y verificar si corresponde hacer algún ajuste al Modelo de Prevención de Delitos implementado por la empresa, reportando de estos hechos a la Administración, para la adopción de las medidas correspondientes. 

 

6.4. Información documentada y seguimientos

Será un principio esencial dentro de la implementación y ejecución del Modelo de Prevención de Delitos de la empresa, el mantener registros documentados de las políticas, procedimientos, lineamientos, las medidas adoptadas, entre otros, cuestión que deberá ser aplicada en las diferentes área de la empresa.

Lo anterior incluye pero no se limita a la incorporación de la presente normativa interna  en los contratos de trabajo, contratos de prestación de servicios, así como en la demás documentación que la Administración y el Compliance Officer estimen pertinentes.

6.5. Evaluación, perfeccionamiento y actualización del Modelo de Prevención de Delitos.

El Modelo de Prevención de Delitos de Corteva Chile estará sujeto a un constante y continuo plan de monitoreo, el cual será abordado tanto desde una evaluación interna como de evaluaciones periódicas por terceros independientes.

Será responsabilidad del Compliance Officer y de la Administración de la empresa mantener un Modelo de Prevención de carácter actualizado, adecuándose a la realidad de la empresa, la cual puede ir variando conforme a su naturaleza y el movimiento propio de los negocios.

De este modo,  para el cumplimiento este objetivo el Compliance Officer y sus áreas de apoyo estará constante y continuamente en proceso de identificación de falencias y/o ajustes que sea necesario hacer al Modelo de Prevención, todas las cuáles serán registradas y reportadas periódicamente a la Administración para su conocimiento y/o aprobación, según corresponda.

En esta labor se tendrán especialmente en consideración las siguientes materias:

  1. Reportes que deriven de los sistemas de control preventivo preestablecidos para la mitigación de riesgos delictuales cometidos dentro de la empresa o de la implementación misma del Modelo de Prevención.
  2. Toda modificación a la normativa nacional vigente que pudiere tener impacto en la materia, especialmente en consideración a la Ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en relación con la Ley N°21.595 de Delitos Económicos, pero sin limitarse a las mismas.
  3. Toda modificación estructural, normativa o productiva interna de la empresa que tuviere impacto en la identificación de riesgos y sistemas de control del Modelo de Prevención.

Adicionalmente, con el objeto de cumplimiento de los requerimientos legales, se practicarán periódicamente revisiones al Modelo de Prevención de Delitos por parte de terceros independientes, los cuales serán contratados exclusivamente para dicha labor y actuarán con total imparcialidad respecto a los organismos que formen parte de la empresa. Estas evaluaciones revisarán la identificación de riesgos, mecanismos de control implementados y funcionamiento práctico, pudiendo proponer a la Administración mejoras que permitan el perfeccionamiento del sistema. 

COMPONENTES DEL MPD

Se considerará para todos los efectos como parte integrante del Modelo de Prevención de Delitos las políticas, protocolos, registros y otros registros documentados destinados a cumplir con los objetivos planteados en este Manual. 

En este sentido, se complementa el presente instrumento con (i) la matriz de riesgos generada por la empresa para estos efectos; (ii) el Anexo N°1 con el catálogo de delitos aplicables a la organización y una breve descripción de estos; (iii) Políticas, protocolos y procedimientos, que se encuentran sistematizados en el listado contenido en el Anexo N°2; (iv) Registros del canal ético de la empresa y (v) todos los demás documentos, registros y evidencias documentadas que forman parte del Modelo de Prevención de Delitos de la empresa, así como los demás anexos complementarios y/o modificatorios que se puedan emitir en el futuro.  

PROCEDIMIENTO Y CANAL DE DENUNCIAS.

El canal de denuncias es el mecanismo interno establecido por Corteva para permitir que los empleados, colaboradores, y otras partes interesadas reporten y denuncien conductas delictivas, irregularidades, prácticas corruptas, o cualquier conducta que contravenga las Leyes y el presente Manual. Este Canal contribuye a la detección temprana y prevención de delitos y a la promoción de una cultura de cumplimiento dentro de nuestra organización.

El Canal de Denuncias, señala expresamente que este canal se encuentra disponible para recibir las denuncias en el siguiente link:

Corteva Agriscience™ Global Hotline*:+1-833-400-1141

 Corteva Agriscience™ Web Reporting Form: https://reportanissue.com/corteva

 o vía carta dirigida al Compliance Officer o Sujetos responsables respectivos.

El Canal de denuncias se caracteriza por ser confidencial, ya que se garantiza la protección de la identidad del denunciante para evitar represalias y fomentar una comunicación abierta sobre posibles delitos o irregularidades. Es imparcial, puesto que el canal debe ser administrado de manera imparcial, asegurando que las denuncias se investiguen de forma justa y objetiva.   El Canal de denuncia será fácilmente accesible para todos los miembros de la organización y, en algunos casos, también para terceros como clientes o proveedores. Se tomarán medidas para proteger a quienes realicen denuncias de represalias o sanciones por su actuación.

Procedimiento:

a.    Denuncia: al elaborar la denuncia, se le solicita al autor de la denuncia que efectúe una descripción detallada acerca de: fechas, hechos, lugares, nombres, valores, proveedores, clientes, instituciones públicas o privadas, o cualquier otro detalle que puedan ofrecer mayor conocimiento de la acción denunciada.

El canal de denuncias admite que se incorporen los documentos que el autor considere necesarios.

b.    Decisión:  Las denuncias y reportes recibidos a través de los Canales Formales de Denuncia serán revisados por el Compliance Officer o por los Sujetos Responsables, quienes podrán derivar a distintas áreas de la empresa los antecedentes recibidos según su materia para su adecuada gestión e investigación o bien investigarlos directamente por intermedio del área de Compliance o con apoyo de externos especializados, de corresponder. Para garantizar que todos los Eventos Reportados sean revisados, el área de Auditoría Interna podrá realizar auditorías periódicas de su funcionamiento y ejecución.

c.    Investigación: si la persona designada considera que hay indicios suficientes, comenzará inmediatamente las investigaciones necesarias para verificar los hechos alegados y obtener evidencias suficientes que permitan tomar medidas justas y fundamentadas. Para ello se determinará en cada caso si la investigación se conducirá internamente bajo la dirección del Compliance Officer o si es necesario externalizarla, caso en el cual se envían todos los antecedentes a una empresa externa que será la encargada de investigar los hechos denunciados, de manera de asegurar la imparcialidad y objetividad en las investigaciones.

 

d.    Aplicación de medidas y sanciones:

Si como resultado de la investigación se determina que los hechos denunciados implican incumplimientos o negligencia a las políticas y procedimientos contenidos en el presente Modelo de Prevención de Delitos y o que podrían eventualmente configurar delitos de la ley de delitos económicos, , se adoptarán los planes de acción por área dependiendo de la gravedad de los hechos, esto será propuesto por el Compliance Officer a la Administración, previa revisión en conjunto con el área en que se desempeña el o las personas involucradas.

Las sanciones a que se exponen los trabajadores involucrados en hechos de los que dan origen a los delitos regulados por el presente Manual, son aquellas establecidas expresamente en el Reglamento Interno de la Empresa, que van desde amonestación verbal hasta despido del trabajador. Por su parte, las sanciones aplicables a externos, serán evaluadas de acuerdo a las condiciones contractuales y demás acuerdos vigentes.

Será deber de todos los colaboradores reportar aquellos asuntos sospechosos por medio de los canales mencionados de manera oportuna, y de corresponder, colaborar con las investigaciones que deriven de estos. 

SANCIONES.

El Compliance Officer o Sujetos Responsables, así como la Administración y áreas de apoyo, velarán por el cumplimiento de este Manual y pondrán en práctica programas de verificación.

El incumplimiento de los términos de este Manual por parte de los colaboradores será causa de sanciones, las que pueden ser desde una amonestación verbal hasta la desvinculación, según lo establecido en el procedimiento sancionatorio establecido en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, y la normativa laboral vigente.

En el caso de los proveedores, el incumplimiento de los términos de este Manual, dependiendo de la gravedad del incumplimiento, podría ser causal para dar término al contrato que se encuentre vigente. 

VIGENCIA

El presente Manual fue aprobado por la Administración de la empresa y desde dicho momento desde el cual ha adquirido plena e inmediata vigencia y aplicación, la cual subsistirá indefinidamente hasta que no se determine lo contrario. No obstante lo anterior, este documento será esencialmente modificable por los responsables de su actualización y toda alteración de su contenido será oportunamente comunicada a los empleados de la empresa por los medios idóneos para dichos efectos.

CONTROL DOCUMENTAL

Versión

Fecha

Revisión

Encargado

Aprobación

1.0

Agosto 2024

Creación MPD

Estudio Maclean

 

1.1

Junio 2025

Actualización Manual: nombre de SR, anexos, otros.

Compliance Officer